El imponente Cerro de los Siete Colores en Purmamarca, Jujuy (Argentina)

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miércoles, 30 de enero de 2013

SAN MARTIN Y LA VACUNA ANTIVARIÓLICA


SAN MARTIN ORDENA APLICARSE LA VACUNA ANTIVARIOLICA

Por Sergio D. Aronas – 30 de enero de 2013
           
Un hecho muy poco conocido en la vida del Gral. José de San Martín como Gobernador-Intendente de la provincia de Cuyo es el bando expedido con fecha 17 de septiembre de 1814 por el cual obligaba a toda la población a vacunarse contra la viruela la cual  debía presentarse los días miércoles de cada semana en el horario de cinco a siete de la tarde para vacunarse “todo individuo, sea de la edad, clase o condición que fuere, que no hubiera pasado por la viruela o recibido inoculación” (Art. 1 de dicho bando). Si no fue el primero, fue seguramente uno de los impulsores en aplicarla en esta parte del mundo ya que la viruela fue una enfermedad traída por los españoles que causó terribles estragos en los pueblos originarios de América y una de las causas fundamentales de su exterminio, además de los sanguinarios sistemas de explotación económica implantado para extraer la riqueza de las tierras conquistadas por la fuerza de las armas de fuego. El profesor Darcy Ribeiro (1922-1997) en su obra Las Américas y la Civilización decía que la viruela era una “enfermedad desconocida, repugnante y fatal, que quemaba con su fiebre y pudría en vida las carnes, para la que no había ningún remedio posible, presentaba todos los signos de un castigo sobrenatural. La rapidez de su propagación - continúa el profesor Ribeiro – en una población carente de inmunidad, hizo que muy pronto se diseminara por todos los núcleos, diezmando tal cantidad de personas, que llegó un momento en que prácticamente no había ya manos sanas capaces de cuidar los enfermos, de alimentar a los vivos o enterrar a los muertos”[i]. San Martín conocía esta historia o por lo menos sabía de los peligros que significaba esta enfermedad. De ahí que convocó a dos médicos, los Dres. Anacleto García y Juan Isidro Zapata para que vean el modo de instrumentarla a ocho sacerdotes y así puedan propagarla por toda la provincia y que no quede ni un habitante sin vac paunarse.

            El texto completo del bando firmado por San Martín es el siguiente:

"Don José de San Martín, Coronel del Regimiento de Granaderos a Caballo, Gobernador Intendente de la Provincia de Cuyo,

Convencido que en nuestro estado político, uno de los primeros cuidados del gobierno debe ser el aumento de la población, y conservación del Hemisferio Americano para que haya brazos suficientes al cultivo de la agricultura y ejercicio de las artes y comercio, al mismo tiempo que no falten quienes presenten sus pechos al tirano que intenta oprimir los sagrados derechos de nuestra civil libertad que con gloria sostenemos y viendo que la peste anual de viruelas consume una porción preciosa de aquellos en esta Provincia sin más causa que el no querer permitir, bien por su preocupación e ignorancia, los padres de familia, se les ocurra con único específico de la vacuna, capaz de contener sus estragos, y que ha sido descubierto con demasiada vitalidad, ha venido en ordenar se establezca una junta compuesta de los facultativos Dn. Juan Isidro Zapata y Dn. Anacleto García, para que éstos, instruyendo en el modo de administrarla a ocho reverendos religiosos, que se han prestado gustosos a propagarla por toda la Provincia, haciendo en ello un servicio relevante a la humanidad y al Estado, lo verifiquen en esta Capital bajo las instrucciones que han acordado al efecto, y para que no puede ilusorio lo dispuesto, ordeno y mando lo siguiente:

         1º) Los miércoles de cada semana, se presentará en casa del facultativo Dn. Anacleto García, desde las cinco hasta las siete de la tarde, a vacunarse todo individuo, sea de la edad, clase o condición que fuere, que no hubiere pasado la viruela o recibido la inoculación.

         2º) Para poder obligar de sí mismos o por una pura preocupación no den cumplimiento al anterior capítulo, los respectivos Decuriones de los cuarteles de la ciudad y suburbios, tomarán una razón de los que existan en ellos sin la vacuna, con expresión de los propietarios o inquilino, y la pasarán a los facultativos encargados para compelerlos en caso necesario.

         3º) Como la conservación del fluido no es menos interesante que su propagación, se servirán los Sres. Curas Párrocos dar mensualmente una noticia exacta a dichos facultativos, de los niños que se bauticen en su parroquia con expresión del barrio, casa y nombre de los padres, para que recibiendo la vacuna “ad invicen” se conserve y pueda transmitirse de brazo en brazo,

         4º) Luego que haya suficiente vacuna se designarán por número los cuarteles que correspondan a cada uno de los dos departamentos que han de formarse de la ciudad y sus arrabales, para que ocurran los vecinos de ellos a la casa del facultativo encargado de la operación y se comunicará y anunciará por carteles al público.

         5º) Encargo muy particularmente a los padres de familia, el cumplimiento del capítulo 1º de este bando, como tan interesados en la conservación de sus hijos.  Los señores curas en las partes que les corresponden, no dudo pongan de su parte todo esmero y exhorten a sus feligreses por el bien que resulta a la humanidad; e igualmente advierten a los Decuriones que serán responsables a este gobierno, sino ejecutan los prevenido en el capítulo segundo. ´

         Y para los fines propuestos, publíquese por bando, sáquense copias autorizadas y fíjense en los parajes de estilo. Mendoza, 17 de diciembre de 1814.
José de San Martín
Manuel J. Amite Sarobe
Secretario

Fuente:
Carlos Galván Moreno. Bandos  y Proclamas del General San Martín. Una exposición documental de su gesta libertadora. Editorial Claridad, Buenos Aires, 1947.




[i] Darcy Ribeiro. Las Américas y la Civilización. Proceso de formación y causas del desarrollo desigual de los pueblos americanos. Bibliotecas Universitas. Centro Editor de América Latina, Buenos Aires, 1985, página 112.