DOCUMENTOS SOBRE LA CRISIS EN GRECIA - I
LA AUDITORIA A LA DEUDA DE
GRECIA
Informe realizado por el
Comité para la Abolición de la Deuda del Tercer Mundo (CADTN)
En junio 2015
Grecia se encuentra en la encrucijada de elegir entre la promoción de los
programas de ajuste macroeconómico fallidos impuestos por los acreedores o
hacer un cambio real para romper las cadenas de la deuda.
Cinco años desde que se iniciaron los programas de ajuste económico, el país
sigue profundamente atrapado en una crisis económica, social, democrática y
ecológica. La caja negra de la deuda se ha mantenido cerrada, y hasta hace unos
meses ninguna autoridad, griega o internacional, había tratado de sacar a la
luz la verdad sobre cómo y por qué Grecia fue sometida al régimen de la troika.
La deuda, en el nombre
de la que nada ha mejorado, sigue siendo la norma mediante la cual se impone el
ajuste neoliberal, y la recesión más profunda y prolongada experimentada en
Europa en tiempos de paz.
Hay una necesidad democrática inmediata y una
responsabilidad social de hacer frente a una serie de cuestiones jurídicas,
sociales y económicas que exigen la debida consideración.
En respuesta, la Presidenta del Parlamento Helénico
estableció la Comisión de la Verdad sobre la Deuda Pública en
abril de 2015, con mandato de investigar sobre la creación y el aumento de la
deuda pública, la forma y razones por las que fue contratada la deuda, y el
impacto que las condiciones asociadas a los préstamos han tenido sobre la
economía y la población.
La Comisión de la Verdad tiene un mandato para
crear conciencia sobre cuestiones relativas a la deuda griega, tanto a nivel
nacional como internacional, y formular argumentos y opciones relativas a la
cancelación de la deuda. La investigación de la Comisión que se presenta en
este informe preliminar arroja luz sobre el hecho de que la totalidad
del programa de ajuste, al que Grecia ha sido sometido, fue y sigue siendo
un programa con orientación política.
El ejercicio técnico que rodea las variables
macroeconómicas y proyecciones de deuda, cifras que se refieren directamente a
las vidas y los medios de vida de las personas, ha permitido que las
discusiones alrededor de la deuda se mantengan en un nivel técnico que gira
principalmente en torno al argumento de que las políticas impuestas a Grecia
mejorarán su capacidad para pagar la deuda. Los hechos presentados en este
informe cuestionan este argumento. Toda la evidencia que presentamos en este
informe muestra que Grecia no sólo no tiene la capacidad de pagar esta deuda,
sino que tampoco debe pagar esta deuda en primer lugar porque la deuda que
surge de los acuerdos de la troika es una violación directa de los derechos
humanos fundamentales de los habitantes de Grecia.
Por lo tanto, llegamos a la conclusión de que Grecia no debería pagar
esta deuda porque es ilegal, ilegítima y odiosa.
La Comisión también ha podido saber que la insostenibilidad
de la deuda pública griega era evidente desde el principio para los
acreedores internacionales, las autoridades griegas y los medios de
comunicación corporativos. Sin embargo, las autoridades griegas, junto con
algunos otros gobiernos de la UE, conspiraron contra la reestructuración de la
deuda pública en 2010 con el fin de proteger a las instituciones financieras.
Los medios de comunicación corporativos escondieron la verdad al público
representando una situación en la que el rescate se presentó como beneficioso
para Grecia, mientras que promovió un relato que retrataba a la población como
culpables de sus propias fechorías.
Los fondos de rescate previstos en los dos
programas de 2010 y 2012 se han gestionado externamente a través de esquemas
complicados, impidiendo cualquier autonomía fiscal. El uso del dinero del
rescate está estrictamente dictado por los acreedores, y por eso, es revelador
que menos del 10% de estos fondos se han destinado a gasto corriente del
gobierno.
Este informe
preliminar presenta un esquema inicial de los principales problemas y
cuestiones relacionadas con la deuda pública, y señala las violaciones legales
claves asociadas con la contratación de la deuda; también traza los fundamentos
jurídicos, en los que puede basarse la suspensión unilateral de los pagos de la
deuda. Los resultados se presentan en nueve capítulos estructurados de la
siguiente manera:
El Capítulo 1: La deuda antes de la Troika
Analiza el
crecimiento de la deuda pública griega desde los años 1980. Llega a la
conclusión de que el aumento de la deuda no se debió al gasto público
excesivo, que de hecho se mantuvo más bajo que el gasto público de otros países
de la eurozona, sino por el pago de tipos deinterés extremadamente
altos a los acreedores, un excesivo e injustificado gasto militar, pérdida de
ingresos fiscales debido a los flujos ilícitos de capital, la recapitalización
estatal de los bancos privados y los desequilibrios internacionales creados a
través de las fallos en el diseño de la propia Unión Monetaria. La adopción
del euro dio lugar a un aumento drástico de la deuda privada en Grecia a la que
los principales bancos privados europeos, así como los bancos griegos fueron
expuestos. Una creciente crisis bancaria contribuyó a la crisis de la deuda soberana griega.
El gobierno de George Papandreu ayudó a presentar los elementos de una crisis
bancaria como una crisis de la deuda soberana en 2009, haciendo hincapié en el
aumento del déficit público y la deuda.
El Capítulo 2:
La evolución de la deuda pública griega durante 2010-2015
Concluye que el
primer acuerdo de préstamo de 2010, tenía el objetivo principal de rescatar
a los bancos privados griegos y europeos, permitiéndoles reducir su
exposición a los bonos del gobierno griego.
El Capítulo 3:
La deuda pública griega por acreedores en 2015
Presenta la naturaleza de la deuda actual de Grecia, presentando las características clave de los préstamos, que se analizan en el capítulo 8.
El Capítulo 4:
Mecanismo del sistema de deuda en Grecia
Revela los mecanismos ideados por los acuerdos que se implementaron desde mayo de 2010. Éstos crearon una gran cantidad de nueva deuda con los acreedores bilaterales y con el Fondo Europeo de Estabilidad Financiera (FEEF), mientras generaban costes abusivos que profundizaron más en crisis. Los mecanismos revelan cómo la mayoría de los fondos prestados fueron transferidos directamente a las instituciones financieras. En lugar de beneficiar a Grecia, han acelerado el proceso de privatización, a través del uso de instrumentos financieros.
El Capítulo 5:
Las condicionalidades contra la sostenibilidad
Presenta la forma en que los acreedores imponen condicionalidades intrusivas unidas a los contratos de préstamos, lo que condujo directamente a la inviabilidad económica y la insostenibilidad de la deuda. Estas condiciones, en las que los acreedores aún insisten, no sólo han contribuido a hundir el PIB, así como aumentar el endeudamiento público, generando, por lo tanto, una deuda pública/PIB superior, lo que hizo la deuda de Grecia más insostenible, sino que también impusieron cambios dramáticos en la sociedad, y ha causaron un crisis humanitaria. La deuda pública griega se puede considerar como totalmente insostenible en la actualidad.
El Capítulo 6:
El impacto de los “programas de rescate”
En materia de
derechos humanos, concluye que las medidas aplicadas en virtud de los “programas
de rescate” han afectado directamente a las condiciones de vida de la gente y
violado los derechos humanos, que Grecia y sus socios están obligados a
respetar, proteger y promover en el marco del derecho interno, regional e
internacional. Los ajustes drásticos, impuestos a la economía griega y la
sociedad en su conjunto, han dado lugar a un rápido deterioro de las
condiciones de vida, y siguen siendo incompatibles con la justicia social, la
cohesión social, la democracia y los derechos humanos.
El Capítulo 7:
Cuestiones legales que rodean el MoU y los Acuerdos de Préstamos
Argumenta que
ha habido un incumplimiento de las obligaciones sobre los derechos humanos por
parte de la propia Grecia y los prestamistas, que son los Estados
(prestamistas) de la zona euro, la Comisión Europea, el Banco Central Europeo
y el Fondo Monetario Internacional, que
impusieron estas medidas en Grecia. Todos estos actores no tuvieron en
cuenta las violaciones de los derechos humanos que resultarían de las políticas
que impusieron a Grecia, y también violaron directamente la Constitución griega al
usurpar a Grecia la mayor parte de sus derechos soberanos. Los acuerdos
contienen cláusulas abusivas, coaccionando duramente a Grecia para que entregue
aspectos significativos de su soberanía. Esto está reflejado en la elección de
la ley inglesa como legislación rectora de estos acuerdos, lo que facilitó la
elusión de la Constitución griega y las obligaciones internacionales respecto a
los derechos humanos. Transgresiones de los derechos humanos y de la
ley internacional, varias indicaciones de que las partes contratantes actuaron
con mala fe, junto con el carácter desmesurado de los acuerdos, hacen que estos
acuerdos no sean válidos.
El Capítulo 8: Evaluación
de las deudas en referencia a lailegitimidad, odiosidad, ilegalidad, y la insostenibilidad
Proporciona una
evaluación de la deuda pública griega de acuerdo con las definiciones relativas
a la deuda ilegítima, odiosa, ilegal e insostenible, adoptadas por el Comité.
El Capítulo 8 concluye que la deuda pública griega a partir de junio 2015 es
insostenible, ya que Grecia es actualmente incapaz de pagar su deuda sin
perjudicar seriamente su capacidad para cumplir con sus obligaciones sobre los
derechos humanos básicos. Además, para cada acreedor, el informe
proporciona evidencia de casos indicativos de deudas ilegales, ilegítimas y
odiosas.
La deuda con el
FMI debe considerarse ilegal ya su concesión
incumplió los propios estatutos del FMI, y sus condiciones violaron la
Constitución griega, el derecho internacional, y los tratados en los que Grecia
es parte. También es ilegítima, ya que las condiciones incluidas
imponen recetas políticas que infringen las obligaciones sobre derechos humanos.
Por último, esodiosa ya que el FMI sabía que las medidas impuestas eran
antidemocráticas e ineficaces y darían lugar a graves violaciones de
los derechos socio-económicos.
Las deudas con
el BCE deben
considerarse ilegales ya que el BCE sobrepasó su mandato mediante la imposición
de la aplicación de programas de ajuste macroeconómico (por
ejemplo, la desregulación del mercado de trabajo) a través de su participación
en la Troika. Las deudas con el BCE también son ilegítimas y odiosas, ya que la
principal razón de ser del Securities Markets Programme (SMP) era servir a los
intereses de las instituciones financieras, permitiendo a los principales
bancos privados europeos y griegos para deshacerse de sus bonos griegos.
El FEEF ha
ofrecido préstamos en especie que deben considerarse ilegales porque violaron
el artículo 122 (2) del Tratado de Funcionamiento de la Unión
Europea (TFUE) y además violaron varios derechos socioeconómicos y libertades
civiles. Por otra parte, el Acuerdo Marco del FEEF 2010 y el Acuerdo de
Asistencia Financiera Maestro de 2012 contienen varias cláusulas abusivas que
revelan la mala conducta clara por parte de la entidad crediticia. El FEEF
también actúa en contra de los principios democráticos, lo que hace a estas
deudas ilegítimas y odiosas.
Los préstamos
bilaterales deben ser considerados ilegales, ya que violan el procedimiento
previsto por la Constitución griega. Los préstamos se dieron
con mala conducta clara por los prestamistas, y tenían condiciones que
contravienen la ley y al orden público. Tanto la legislación comunitaria y el
derecho internacional se incumplieron con el fin de dejar de lado los derechos
humanos en el diseño de los programas macroeconómicos. Los préstamos
bilaterales son, además, ilegítimos, ya que no se utilizan en beneficio de la población, sino que
simplemente permitieron a los acreedores privados de Grecia ser rescatados.
Por último, los préstamos bilaterales son odiosos ya que los estados prestamista y la Comisión Europea conocían las violaciones potenciales, pero en 2010 y 2012 evitaron evaluar los impactos sobre los derechos humanos del ajuste macroeconómico y la consolidación fiscal, que eran las condiciones de los préstamos.
La deuda con
los acreedores privados debe considerarse ilegal porque los bancos privados se
comportaron irresponsablemente antes de que la Troika entrara en vigor,
habiendo gestionado sin rigor, mientras que algunos acreedores privados, como
los hedge funds también
actuaron de mala fe. Partes de las deudas con los bancos privados y los hedge
fund son ilegítimas por las mismas razones por las que son ilegales; además,
los bancos griegos fueron ilegítimamente recapitalizados por los
contribuyentes. Las deudas con bancos privados y los hedge funds son odiosas,
ya que los principales acreedores privados eran conscientes de que estas deudas
no se incurrieron en los mejores intereses de la población, sino más bien en su
propio beneficio. El informe llega a su fin con algunas consideraciones
prácticas.
El Capítulo 9:
bases legales para el repudio y la suspensión de la deuda soberana griega.
Presenta las
opciones relativas a la cancelación de la deuda, y en especial las condiciones
en que un Estado soberano puede ejercer el derecho de acto unilateral de
repudio o la suspensión del pago de la deuda bajo ley internacional-
Varios argumentos legales permiten a un Estado a repudiar unilateralmente su deuda ilegal, odiosa, e ilegítima. En el caso griego, un acto unilateral puede basarse en los siguientes argumentos: la mala fe de los acreedores que empujaron a Grecia para contravenir la legislación nacional y las obligaciones internacionales relacionadas con los derechos humanos; preeminencia de los derechos humanos sobre los acuerdos como los firmados por los gobiernos anteriores con los acreedores o la troika; la coacción; las cláusulas abusivas que violan flagrantemente la soberanía griega y que violan la Constitución; y, por último, el derecho reconocido en el derecho internacional a un Estado para que tome contramedidas contra los actos ilegales por parte de sus acreedores, que a propósito dañan su soberanía fiscal, al obligarlo a asumir la deuda odiosa, ilegal e ilegítima, violando la autodeterminación económica y los derechos humanos fundamentales.
En lo que se refiere a la deuda insostenible, cada estado tiene el derecho legal de invocar el estado de necesidad en situaciones excepcionales a fin de salvaguardar los intereses esenciales amenazados por un peligro grave e inminente. En tal situación, el Estado puede ser dispensado del cumplimiento de las obligaciones internacionales que aumentan el peligro, como es el caso de los contratos de préstamos pendientes.
Por último, los Estados tienen el derecho de declararse insolventes unilateralmente cuando el servicio de su deuda es insostenible, en cuyo caso no se comete ningún acto ilícito y, por tanto, no se arrastrará ninguna carga de responsabilidad.
La dignidad de la gente vale más que la deuda
ilegal, ilegítima, odiosa e insostenible.
Habiendo concluido una investigación preliminar, la
Comisión considera que Grecia ha sido y es víctima de un ataque premeditado y
organizado por el Fondo Monetario Internacional, el Banco Central Europeo y la
Comisión Europea. Esta misión violenta, ilegal e inmoral está dirigida
exclusivamente a desplazar deuda privada al sector público.
Hacer este
informe preliminar a disposición de las autoridades griegas y el pueblo griego,
el Comité considera que ha cumplido la primera parte de su misión tal como se
define en la decisión de la Presidenta del Parlamento griego, de 4 de abril de
2015. En cuanto al nombre, se llama una democracia, porque la
administración se ejecuta con miras a los intereses de la muchos, no de unos
pocos” (Oraciones del Funeral de Pericles, en el discurso de Tucídides de la
Historia de la Guerra del Peloponeso).
La Comisión
espera que dicho informe sea una herramienta útil para aquellos que
quieran salir de la lógica destructiva de la austeridad y defender lo que está
en peligro hoy en día: los derechos humanos, la democracia, la dignidad de los
pueblos, y el futuro de las generaciones venideras.
En respuesta a los que imponen medidas injustas, el pueblo griego podría invocar lo que Tucídides menciona acerca de la constitución del pueblo ateniense:
Traducido por
PACD