LOS FONDOS BUITRES, DEUDA EXTERNA Y
LA HISTORIA ECONOMICA QUE NO SE CONOCE
Por Sergio Daniel Aronas – 27 de junio de 2013
“El abogado se ocupa
exclusivamente de los detalles del fraude depredador, tanto por lo que se
refiere a conseguir como a frustrar el éxito de las argucias, y el triunfo en
la profesión se acepta, en consecuencia, como signo de grandes dotes de esa
astucia bárbara que ha suscitado siempre entre los hombres respeto y temor”.
Throstein
Veblen (1854-1929). Teoría de la clase ociosa, 1899
La captura, retención y/o secuestro de
la Fragata Libertad, el buque escuela de la Armada Argentina ocurrido en
octubre del año pasado, por parte de una organización financiera que presentó
un recurso ante los tribunales de Ghana donde estaba amarrada la nave, puso de
manifiesto los peligros que enfrenta una nación que no quiere someterse a los
planes y objetivos de estas organizaciones, quienes se consideran con derecho a
embargar todo tipo de bienes que éstas tengan en el exterior o que determinados
medios de transportes –tanto marítimo, aéreo o incluso satelitales (por que la
desesperación que tienen por cobrar no tiene límites) que partiendo de su país y
dirigiéndose a otros países, pueda ser alcanzado por medidas de ese tipo.
Estos grupos que han sido denominados
con un nombre que representa su práctica y su desenvolvimiento no son otra cosa
que empresas supuestamente inversoras que se dedican a la aplicación en todas
sus formas del capitalismo de rapiña comprando bonos declarados en cesación de
pagos o que tienen bajísima cotización en los mercados internacionales para
luego pretender cobrarlos al 100% de su valor nominal utilizando la vía
judicial porque saben que en ninguna institución bancaria o bursátil los
quieren para el desarrollo de sus negocios. No son prestamistas ni
instituciones de crédito que hayan firmado acuerdo con gobiernos nacionales,
instituciones públicas o empresas privadas para la concesión de créditos para
financiar obras de infraestructura o para resolver algún problema coyuntural de
falta de medios de pago.
Ahora estas organizaciones, muchas de
las cuales tienen su base en los Estados Unidos, se presentan por afuera de los
mecanismos tradicionales como son los mercados bursátiles y se atreven a
imponer -gracias a los jueces que los apañan- embargos, inhibiciones y bloqueos
de los bienes de una nación soberana -quien para resolver el problema de su
endeudamiento exterior derivado de su declaración de cesación de pagos en los
últimos días de diciembre de 2001- impuso un plan que fue aceptado por la
abrumadora mayoría de los tenedores de bonos soberanos de la argentina cuyo
validez jurídica acerca de sus condición de acreedor institucional por haber prestado
a la Nación o haber comprado los títulos de deuda en las correspondientes
etapas de la historia de la deuda externa de la Argentina, nunca fue revisada
ni cuestionada. Solo una ínfima parte no aceptaron el canje y ahora quieren
legalizar métodos ilegales de cobranza incobrable. Estos capitalistas
carroñeros se creen autorizados para dictarle al gobierno argentino lo que
tiene que hacer con esos títulos de deuda, ese capital ficticio por el que se
reclaman por supuestos incumplimientos de contratos. Los que no cumplieron
fueron estos buitres al no querer adherirse al cronograma de canje de bonos
elaborado en su momento por las autoridades argentinas desde mayo de 2003. De
modo que la Argentina, no tiene ningún compromiso con esta gente salvo que acepten
el plan del gobierno argentino de aceptar el sistema vigente y que tiene la
característica fundamental de ser muy rentable, sobre todo el bono atado al
crecimiento del PBI que fue un verdadero invento de los negociadores y
financistas de la Argentina.
Frente
a este cuadro, en la cual la Argentina aparece como el malo de la película, el
incumplidor y el violador de los contratos y compromisos internacionales, vamos
a dar a conocer algunos aspectos de la historia económica de los Estados Unidos
cuyo comportamiento a lo largo de sus casi doscientos cuarenta años de vida, se
caracterizó en muchos momentos por un comportamiento que no se consustancia con
lo que hoy se dice “ser un país serio” en cuanto a la actitud que debe tener
frente a sus compromisos externos. Y como el fondo buitre NML tiene su origen
en los Estados Unidos, será un buen ejercicio de historia económica mostrar
cómo se forjó la actual nación más poderosa del mundo.
El punto de partida que da origen a la
actual controversia con estos agentes patógenos del capitalismo de rapiña fue
cuando la Argentina tuvo que declarar la suspensión de pagos de los intereses
de las deuda externa, obligado por las circunstancias de una emergencia
económica y social de proporciones catastróficas que puso en juego hasta la
propia existencia de nuestra nación porque debió salvaguardarse la integridad
del país y por esa decisión todas la culpas, todas las responsabilidades
cayeron sobre el gobierno argentino y no sobre las instituciones multilaterales
de créditos y por las potencias occidentales sean los Estados Unidos como la
Unión Europea que exprimieron y presionaron hasta el último centavo de dólar
para que la Argentina siguiera pagando y ajustando sus cuentas externas.
Recuerden las continuas misiones del FMI elogiando la política económica del
gobierno de la Alianza y como presionaron durante el interinato de Eduardo
Duhalde al Congreso Nacional en marzo de 2002 para que deroguen la ley de
subversión económica y otras leyes con las que podían denunciarse y enjuiciar a
quienes estuvieron implicados en las estafas y defraudaciones reiteradas contra
el estado argentino con claro apoyo de los amigos del FMI y del Banco Mundial,
claves fundamentales en la expansión del capitalismo de los Estados Unidos.
Esas estafas fueron el promocionado blindaje financiero de diciembre de 2000 y
el megacanje de julio de 2001 que provocaron un aumento monumental de la
exposición de deuda externa argentina. De acuerdo con la información del diario
Clarín del día 18 de diciembre de 2000, las características del blindaje
financiero son las siguientes:
a) El
monto de este auxilio será mayor a los 37.000 millones de dólares. Se estima
que la cifra definitiva sería de 38.600 millones de dólares.
b) La tasa
de interés promedio que la Argentina tendrá que pagar por el préstamo será del
8% anual. Actualmente, para conseguir préstamos entre los inversores privados,
debe pagar tasas de hasta 14%.
c) El
aporte central lo hará el FMI, con 13.600 millones de dólares. A este monto se
llega contabilizando 2.000 millones de dólares que la Argentina tiene
disponibles por el crédito stand by que está vigente. Y se le sumarían otros
11.600 millones de dólares del nuevo acuerdo, técnicamente llamado "de
facilidades suplementarias".
d) El
Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Banco Mundial (BM) se
incorporarán al auxilio con un aporte conjunto de 4.000 millones de dólares.
e) También
se sumará al salvataje un grupo de bancos privados —nacionales y extranjeros—
que operan en el país, que se comprometieron a refinanciar deuda que vence el
año próximo por unos 10.000 millones de dólares.
f) El
gobierno de España —el mayor inversor extranjero en la Argentina— será el único
país que hará un aporte al blindaje, con 1.000 millones de dólares.
g) Con
esta operación, la Argentina tendrá cubiertas sus necesidades de financiamiento
para el año 2001, por unos 25.000 millones de dólares.
h) El
desembolso de los fondos se realizará en forma periódica, durante los próximos
dos años, con el monitoreo del FMI sobre la marcha de las cuentas públicas. El
primer tramo (2.000 millones de dólares) se desembolsaría a principios de
enero.
El
comentario tragicómico de este acuerdo leonino para el diario es que “el Estado
usará este dinero para pagar deudas y al mismo tiempo, aumentar la confianza de
los inversores. Así disminuiría el riesgo país y, en consecuencia, bajaría el
costo del financiamiento para el Gobierno y el sector privado”. ¡Qué maravilla
porque así nos fue! (Ver http://edant.clarin.com/diario/2000/12/18/p-00301.htm).
El acuerdo más gravoso y dañino que el
blindaje fue el megacanje de bonos que fue un negociado que cualquier gobierno
sensato jamás hubiera firmado y si dicho gobierno tuviera un cierto sentimiento
patriótico hubiera encarcelado a los funcionarios que lo firmaron. Pero acá se
lo tomó como una especie de salvataje porque difería los vencimientos de los
bonos para los próximos años, cuando en realidad implicó un aumento directo de
la deuda externa en 53.700 millones de dólares y el pago de comisiones por 150
millones para quienes “ayudaron” a realizar esta brillante operación. Cinco
meses después la Argentina estallaba y los buitres del FMI se hicieron los
sorprendidos.
En los anales de la historia económica
mundial que no se conoce o en todo caso se oculta o no se difunde de una manera
generalizada para que no se sepa, el gobierno de los Estados Unidos se comportó
muchísimo peor en estas cuestiones de deuda externa y muestra que la gran
potencia del norte se forjó precisamente incumpliendo esos compromisos de deuda. Y no solo suspendieron los
pagos, sino que directamente declararon el repudio de sus deudas externas e
impidiendo más tarde por mecanismos constitucionales unilaterales y arbitrarios,
que nadie pero absolutamente nadie pueda reclamarles el cobro de los intereses
de los bonos repudiados de esa deuda por los tan democráticos que siempre son
los Estados Unidos. Desde el punto de vista jurídico, repudiar implica
desconocer la legalidad de los contratos preexistentes y negarse a pagar, pero
la diferencia reside en qué situación se da ese proceso de declarar nulo de
nulidad absoluto las deudas con el exterior.
El gobierno argentino instalado a partir del 25 de mayo de 2003, impulsó
una renegociación de la deuda externa sobre la base de canjear bonos viejos por
otros nuevos con la novedosa cláusula de liquidar los intereses de acuerdo al
crecimiento del PBI. El problema que tiene el país es que cada emisión de
nuevos bonos significa la renuncia a nuestra soberanía en el sentido de que las
controversias deberán resolverse en tribunales extranjeros tanto del estado de
Nueva York como en Londres o en Frankfurt, una plaza bursátil de mucha
importancia para Alemania y Europa. Esto es consecuencia de los pactos firmados
en 1992 como parte de la aceptación al Plan Brady, un programa lanzado por los
Estados Unidos que implicó la transformación de la deuda comercial con los
bancos en financiera: los bancos se sacan el peso de la deuda y los inversores
institucionales del país y del extranjero que se convierten en los nuevos
acreedores. A partir de ese momento, nacen los llamados bonos Brady que el
estado deudor emite como los nuevos títulos representativos de dicha deuda cuyo
origen – muy bien demostrada en la causa Alejandro Olmos y su gran libro (Todo
lo que quiso saber sobre la deuda externa y nunca le contaron) como así también
en el fallo del juez Jorge Ballesteros – evidencia el carácter ilegal,
ilegítimo y fraudulento de todo el proceso de endeudamiento tanto público como
privado.
A
la decisión del gobierno de Néstor Kirchner y su sucesora de no denunciar al
Plan Brady, se resuelve pagarle toda la deuda al FMI. A ello hay que agregar
que tampoco quisieron realizar la correspondiente y necesaria auditoría de la
deuda con control parlamentario para saber cuánto se debe, a quien se debe y
cómo se originó la deuda y porque, tal como lo hizo Ecuador y no hubo ningún
cataclismo o alteración de ninguna naturaleza en los sagrados mercados. No
realizaron ninguna investigación a nivel del Congreso Nacional como le corresponde
por norma constitucional el arreglo de la deuda externa en cuanto a los actos
ilícitos e ilegales de la dictadura que llevaron al endeudamiento exponencial
entre 1976 y 1983. ¿A quién le teme el gobierno que niega sistemáticamente
realizar la debida auditoría? No se preocuparon por investigar las escandalosas
estafas de la adhesión al Plan Brady de 1992, el desastroso blindaje del año
2000 y horrendo megacanje de 2001. La Argentina no denunció el plan Brady que
obligada a renunciar a la soberanía jurídica del país debiéndose someterse a
los tribunales extranjeros para dirimir los conflictos en materia de deuda
externa (en relación a los extranjeros que poseen títulos del estado argentino).
Renunciar
a la soberanía jurídica es negar la doctrina del gran jurista argentino que fue
Carlos Calvo (1824-1906) porque él siempre afirmó el derecho de los países más
débiles, de someter todas reclamaciones o controversias a la jurisdicción del
propio país, obligando a los acreedores a utilizar como única instancia
jurídica los tribunales del país deudor. Calvo fue el impulsor de la doctrina
de la igualdad jurídica de las naciones y hoy si viera el espectáculo que
brindan los fondos buitres, seguramente éstos pensarían dos veces antes iniciar
una querella contra un Estado soberano, libre e independiente que tuviera al Dr.
Calvo como abogado defensor de la nación deudora.
Vale
la pena recordar que la única vez que en estos casi 30 años de democracia se
realizó un esclarecedor debate sobre la deuda externa, fue en el año 1984
durante el primer año del gobierno de la Unión Cívica Radical de Raúl Alfonsín
como presidente y que tenía como Ministro de Economía a Bernardo Grinszpun, quien
era partidario de limitar las atribuciones coloniales de las instituciones
financieras internacionales de crédito porque había logrado conseguir que la dictadura
firmara en octubre de 1983 acuerdos con los lagartos del FMI para conspirar y
condicionar el accionar político del futuro gobierno constitucional que sucedería
a la dictadura. Ese debate tan importante y tan revelador fue cortado por la
terrible presión que ejerció el insigne criminal de guerra Henry Kissinger ya
que podrían revelarse los grandes ilícitos, los mecanismos contables
fraudulentos, las malversaciones de fondos, los negocios sucios y las evasiones
cometidas por las empresas norteamericanas que encabezaban la lista de los
deudores privados más importantes.
La
actividad de los fondos buitres es un negocio de alto riesgo y como hasta ahora
con la Argentina están perdiendo, pretenden violar todas las leyes jurídicas y
de la física para cobrar lo incobrable. Por estas razones, el tema de la deuda sigue
siendo de palpitante actualidad porque esos fondos buitres, grupos de
mercenarios financistas que se dedican a la carroña financiera de comprar a
precios bajísimos bonos de países que están con problemas de financiación, sea
por están en crisis, sea por quien están en situación de cesación de pagos o en
quiebra financiera, se caracterizan por reclamar mediante la vía judicial el
cobro a valor nominal cuando en el mercado bursátil se cotizan apenas a menos
del 10% o ya ni cotizan porque al ser canjeados por otros, pierden todo su
valor y quedan fuera del mercado. Si se consideran capitalistas de verdad, que
se banquen la pérdida y no le pidan a su estado protección y garantías para
cobrar como siempre hacen para que de esa manera socialicen las pérdidas y si
el negocio va bien privaticen las ganancias. Pero como estos grupos tienen
tanto poder de lobby pueden ejercer “derechos” que no les corresponden. Esta es
la terrible ventaja que tienen estas organizaciones que pertenecen a una gran
potencia económica, militar y financiera que pueden hacer lo que quieren: ellos
violan las normas del derecho internacional y luego exigen al resto de mundo no
seguir el camino de ellos.
La
historia norteamericana tiene sobrados ejemplos de que cuando las cosas no las
resuelve el Dios mercado, las resuelve la intervención, la agresión y la
invasión militar directa, sin importarles los costos ni la crítica mundial.
Ejemplos recientes fueron las criminales invasiones a Afganistán en octubre de 2001,
a Iraq en marzo de 2003, la demolición de Libia en 2011.
Con la relación a las demandas
presentadas por los fondos buitres que contaron con el aval del juez
norteamericano Thomas Griesa que le exige a la Argentina pagarles los bonos
declarados en cesación de pagos, es una aberración jurídica pretender que
nuestro país le pague a quienes jamás nos prestaron un solo dólar.
La Argentina a diferencia de los países
desarrollados, nunca repudió su deuda externa cuando tuvo sobrados motivos para
hacerlo especialmente con los actos terroristas de la dictadura que provocó el
mayor desastre socioeconómico y financiero hasta ese entonces en la historia
del país. Todos los gobiernos en todas las épocas siempre fueron fieles
cumplidores con respecto a sus compromisos de deuda con los acreedores externos
y cuando la situación se complicaba buscaron la forma de aplicar los formas de
reestructuración por las cuales se tiraban para adelante los plazos, los montos
y los métodos de cancelación de los vencimientos de los intereses y de capital
(éste nunca se pagaba sino que se renegociaban nuevos plazos para pagar los
intereses) y al estallar la crisis total que obligó a declarar la cesación de
pagos en diciembre de 2001, se puso en marcha años más tarde un nuevo
procedimiento de arreglo de la deuda a la que adhirieron el 93% de los
acreedores del país.
Los que no se presentaron y no
aceptaron la propuesta del gobierno son los que el juez Thomas Griesa con
jurisdicción en los tribunales de Nueva York se presenta como un conspicuo
defensor de estos mercenarios fondos y como ellos son connacionales del juez, éste
se atreve a dictar fallos contra la Argentina embargándole bienes del estado
nacional al hacer lugar a una seria de indebidas reclamaciones de pago de
títulos de deuda y a sabiendas que la Fragata Libertad por su condición de
buque de guerra es inembargable de acuerdo al Art.95 de la Convención de las
Naciones Unidad sobre el Derecho de Mar, según el cual fija la inmunidad de
estas naves en alta mar, con lo cual estuvimos durante varios mese en un limbo
de ilegalidad completa por parte de un juez que se arroga derechos
supranacionales como los antiguos colonialistas que reclamaban “sus” derechos
de conquista.
Con la sentencia final en forma unánime
del tribunal de la Convención del Mar quedó sellada la derrota de los fondos
buitres que no solo no cobraron sino que no pudieron hacer prevalecer su
arrogancia agresiva embargando al buque-escuela de la Armada Argentina y a la
corbeta Espora que en Sudáfrica recaló por desperfectos técnicos.
La derrota de los fondos buitres fue
demoledora porque no pudieron refutar los contundentes argumentos presentados
por los abogados argentinos en el Tribunal del Mar con sede en Hamburgo.
Ahora que la cámara de Apelaciones de
Nueva York revocó el fallo de Griesa y con la sentencia logrado en Hamburgo,
sería bueno hacerle recordar a este juez que ponga al día la situación de los
descendientes de los tenedores de bonos soberanos de los estados del sur de los
Estados Unidos que repudiaron su deuda externa puesto que nunca dejaron de
reclamar por sus derechos a cobrar lo que les corresponde. Y estos no son
fondos buitres o especuladores financieros que se dedican a la cacería de negocios
basados en el afán desmesurado por la ganancia. Son acreedores institucionales
que en aquellos años compraron en forma legal esos bonos y que aún siguen a la
espera de poder recuperar la gran estafa cometida por el gobierno de los
Estados Unidos.
Los repudios de deuda por los Estados Unidos
La
historia financiera de los Estados Unidos que no se conoce pero que existe y
que solo hace falta recurrir a los buenos libros y a los trabajos de excelentes
investigadores de la materia, sobre todo de Nuestra Latinoamérica, muestra con
total claridad y evidencia que aquellos repudios de deuda nunca fueron
reconocidos por los acreedores de esos años y sus descendientes siguieron y
siguen reclamando por el reconocimiento de las deudas impagas.
Vendría
muy bien como un formidable ejercicio de historia económica y financiera que
estos tribunales de Nueva York digan que pasó con los herederos de los verdaderos
default como el del estado de Mississippi de 1842, con el repudio de la deuda
de los estados esclavistas sureños derrotados en la guerra civil de 1861-1865,
porque nunca pagaron sus deudas y si existe realmente la continuidad jurídica
de los estados, el imperio hoy debería hacerse cargo de esos compromisos
impagos, cumplir con esa deuda repudiada y no promulgar enmiendas
constitucionales que impida iniciar los justos reclamos para exigir lo que se
debe.
Esta deuda sigue
vigente porque nunca se dejó de reclamar y aunque la legislación norteamericana
avaló todo lo actuado por los gobiernos que repudiaron el pago de la deuda con
acreedores europeos, éstos a través de la corporación de bonos siguieron
reclamando, sin obtener todavía un resultado favorable ante la negativa de los
tribunales de los Estados Unidos de hacer lugar a la justicia que le están
negando desde hace 170 años especialmente en el caso del estado de Mississippi.
El estudio de estos repudios de la
deuda de los estados del Sur de los Estados Unidos sigue teniendo plena
vigencia a la hora de comparar el comportamiento entre una nación poderosa y la
actitud de los países más débiles en sus relaciones económicas internacionales.
En el siguiente cuadro presentamos los
montos de la deuda repudiada por estos estados de la Unión Americana, el año
del repudio y el origen de la deuda.
Fuente:
Elaboración propia sobre la base de información tomada de Biggs Gonzalo (La
crisis de la deuda latinoamericana frente a los precedentes históricos, Cuadro
6, página 103, 1986) y Ugarteche Oscar (La discusión sobre la deuda externa a
inicios del Siglo XXI: una revisión conceptual y propositiva, Jubileo Perú,
2000).
Si este importe de 76 millones de
dólares del siglo XIX le aplicamos la fórmula del interés compuesto, la cifra
que estarían debiendo sería un número de 12 cifras. Estos ocho estados
repudiaron el pago de su deuda con los acreedores extranjeros, principalmente
británicos, porque habían sido los que prestaron el dinero que los estados
secesionistas necesitaban para financiar la guerra contra los estados del Norte
en la guerra civil. Hablar de este repudio por parte de estos estados de la
Unión Norteamericana parece ser que es un tabú o un tema del que es peligroso
hablar porque no puede mencionarse ese comportamiento a la luz de la crisis actual.
La cronología de los hechos que llevaron
a los históricos repudios de deuda por parte de varios estados de los Estados Unidos
fueron los siguientes:
1) 1840: La Legislatura del
estado pasa un proyecto de ley para prohibir la venta de billetes por los
bancos que favorece a deudores frente a los acreedores de los bancos, porque
interrumpe el proceso de compensaciones por la liquidez que los bancos
solventes fueron capaces de cerrar su negocio sin perder nominal a sus
acreedores
2) 1841: El Estado por
defecto en los pagos de intereses en jardineras y bonos de Banco Unión,
gobernador emite una proclama repudiando que bonos de Banco Unión, que es
rechazado por la legislatura del Estado
3) 1841: El Gobernador
procede a anular las cartas de los bancos que no reanuden los pagos de las
especies. Esto dejará finalmente al estado con sólo dos bancos: el Banco Comercial
de Manchester y el Banco del Norte. Muchos bancos están cerrados con sus notas
en la mano y algunos proceden a una liquidación relativamente ordenada de su
negocio.
4) 1841: Los propietarios norteños
del banco comercial de ferrocarril de Vicksburg prestarán el banco más dinero
para completar la construcción de la carretera a fin de asegurar el préstamo
con los activos del Banco
5) 1842: Después de una
victoria barrida por los demócratas antibond, la legislatura del estado se une
en el repudio de los gobernadores de bonos del Banco Unión
6) Legislatura de 1843 pasa
un proyecto de ley (ley llamada quo warranto) suspender el cobro de deudas de
los bancos cuando se les acusa de violar su carta
7) 1843: Jefferson Daviss
primero postularse para un cargo político, le da un aval calificado al repudio
de bonos de Banco Unión
8) 1843: Rumores de procedencia
británica toma los cultivo de algodón Mississippi ante lo cual John Quincy
Adams propone una resolución del Congreso para no defender a cualquier Estado
que es invadido por el repudio de la deuda
9) 1844: Un tribunal inferior
impide la obtención del préstamo al banco comercial de ferrocarril de Vicksburg
10) 1844: La Corte Suprema
del Estado, en el caso Payne vs. Baldwin, defiende la ley de 1840, diciendo que
la venta de billetes no fue una concesión de un derecho por una carta
corporativa, sino simplemente algo permitido por la ley
11) 1845: La Corte Suprema
del estado defiende la ley de 1843, diciendo: el derecho a cobrar las deudas al
Banco fue violado no pero sólo suspendido
12) 1846: La Corte Suprema
del Estado en la causa Nevitt vs Banco de Port Gibson, establece reglas por las
cuales los consejeros de los bancos cuyas cartas serán anuladas de hecho pueden
cobrar las deudas que vencen ante los bancos
13) 1846: Plantadores,
agrícola y los bancos comerciales de Natchez entregar cartas y proceder a la
liquidación
14) 1846: La Legislatura pasa
el llamado Briscoe Bill, que favorece a deudores en el cobro de deudas por
consejeros del Banco
15) 1847: Estado Supremo
Tribunal anula el acto de 1846
16) 1848: El Estado ofrece
Terrenos en bonos del Banco de plantadores a 6 por acre (3 veces su valor en
fondos actuales), obtiene algunos tomadores
17) 1848: La Corte Suprema
del estado anula un tribunal inferior y defiende la obtención de un préstamo al
Banco Vicksburg comercial ferrocarril por los activos de los bancos; Después de
esta decisión, se venden los activos del Banco, incluyendo su camino de
Vicksburg a Jackson, en una subasta de Alguaciles
18) 1848: La Corte Suprema
anula la decisión de 1844 de tribunales supremos de estado en Payne vs Baldwin
19) 1849: Jefferson Davis da
una vigorosa defensa de repudio de bonos de Banco Unión, dice reclamos de
tenedores de bonos extranjeros son infundadas y que los banqueros derramar
lágrimas de cocodrilo para viudas y huérfanos cuyo dinero es invertido en bonos
20) 1850: Las Reglas de la
Corte Suprema del estado prescripción continuó en la colección de la que fue en
suspensión debido a la interferencia inconstitucional con contrato de deudas.
21) 1852: Legislatura
presenta una votación sobre un impuesto directo para pagar los bonos de banco
de plantadores, que derrotaron la gente
22) 1853: Con la deuda del
Banco dio sus frutos, las reglas de la Corte Suprema del Estado que Fiduciario
de banco comercial de Natchez no tenía poder para cobrar las deudas que vencen
el Banco en beneficio de los accionistas de los bancos
23) 1853: La Corte Suprema
del estado sostiene a los plantadores bonistas del Banco Unión bonos
24) 1875: La nueva
Constitución del estado de 1875 repudia ambos plantadores y bonos de Banco
Unión.
El
origen del no reconocimiento de la deuda de los Estados esclavistas del Sur participantes
en la guerra civil entre 1861 y 1865 donde fueron vencidos y al reunificarse y
reintegrarse a los Estados Unidos como nación única e indivisible, está
relacionado con la sanción de la Enmienda XIV de la Constitución Federal
propuesta el 11 de junio de 1866 y aprobada dos años más tarde el 9 de julio de
1868. La norma en su punto 4º dice que: “La validez de la deuda pública de los
Estados Unidos que esté autorizada por la ley, inclusive las deudas contraídas
para el pago de pensiones y recompensas por servicios prestados al sofocar
insurrecciones o rebeliones, será incuestionable. Pero ni los Estados Unidos ni
ningún Estado asumirán ni pagarán deuda u obligación alguna contraída para ayudar
insurrecciones o rebeliones en contra de los Estados Unidos, como tampoco
reclamación alguna con motivo de la pérdida o emancipación de esclavos; pues
todas las deudas, obligaciones y reclamaciones de esa especie se considerarán
ilegales y nulas”.
A esta lista de repudio realizado en el
siglo XIX, tuvo su correlato en el siglo XX cuando el presidente Richard Nixon
cuando el 15 de agosto de 1971 decidió en forma unilateral poner fin a la
convertibilidad del dólar con el oro, con lo cual los Estados Unidos se liberaron
de compromisos de pago de unos 500 mil millones de dólares. Esta medida puso
fin al sistema financiero de Bretton Woods creado en julio de 1944 que fijó la
paridad dólar-oro a 35 dólares la onza troy y cualquier país adherente al
sistema podía cambiar sus dólares por oro. De esta forma, los Estados Unidos se
quedó con todo el oro y los bancos centrales del mundo capitalista quedó
inundado de dólares sin respaldo. Y se vieron obligados a aceptar el dólar como
moneda patrón de cambio internacional que solo garantizaba el poderío económico
y militar de los Estados Unidos. Aquí está y este fue el verdadero y único mayor
default de la historia y no el de la Argen tina
del 2001 como muchos pretendieron hacernos creer.
Durante la década de 1840 los gobiernos
federales de los Estados Unidos entraron en pánico cuando tuvieron que afrontar
el pago de su deuda en dólares a sus acreedores externos y el camino elegido
fue el peor de todos para resolver el problema de pagar porque su decisión fue
declarar lisa y llana la repudiación de su deuda cuyos gobiernos habían sido
elegido por el voto de los ciudadanos que las restrictivas leyes de la época
les permitían ejercer ese derecho, por lo que no se trataba ni de tiranías ni
de gobiernos surgidos de convulsiones revolucionarias. De los 28 estados que
conformaban aquella Unión en la década de 1840, 9 estaban en situación de no tener
ninguna deuda pública, y 1 (Missouri) era insignificante. De los 18 restantes,
9 estuvieron pagando los intereses correspondientes de su deuda pública sin
interrupciones, mientras que otros 9 estados (Maryland, Pensilvania, Indiana,
Illinois, Michigan, Arkansas, Louisiana, Mississippi y Florida) repudiaron todos
sus pasivos. De estos Estados, cuatro (Indiana, Pensilvania, Illinois y
Maryland) dejaron de pagar durante varios años los intereses y los otros cinco
(Michigan, Mississippi, Arkansas, Louisiana y Florida) repudiaron en forma total
y permanentemente su toda deuda pública. Y gracias a las enmiendas aprobadas
por el Congreso de los Estados Unidos hicieron imposible e irreversible todo
intento de cobro. Incluso los tenedores de bonos recurrieron al Principado de
Mónaco para que pudiera acudir como su representante y tampoco hubo forma de
modificar la postura de los tribunales de los Estados Unidos. Los herederos de
los que hasta ahora no cobraron sus bonos de 1842 nunca declararon nulas sus
acciones sino todo lo contrario porque sus descendientes siguen reclamando el
reconocimiento de estas deudas impagas, sino quien declaró nulas los
compromisos de pago fue el gobierno de los Estados Unidos.